Condiciones para el consenso

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    Doris Elena Ospina Muñoz  LAS CONDICIONES PARA EL CONSENSO, LA VISIÓN DE CHARLES TAYLOR  en Praxis Filosófica Nueva serie, No. 45, julio-diciembre 2017: 57 - 83 DOI: 10.25100/pfilosófica.v0i45.6053 
Resumen 

Este artículo hace parte de una tesis doctoral inédita, titulada el consenso deseable, entre la visión de Charles Taylor y el cosmopolitismo contemporáneo. Basado en la lectura orientada al problema, el artículo introduce en las condiciones que, según la visión de Charles Taylor, requiere el consenso en las sociedades contemporáneas. Esas condiciones son: primero, la demostración de la tesis de la refutabilidad de las posiciones morales y, segundo, la ruptura con el etnocentrismo en el análisis de las situaciones de conflicto. 
La primera condición nos pone en contacto con las nociones básicas que estructuran el pensamiento de Taylor, a saber, autocomprensión, trasfondo moral compartido y orden moral secular. La segunda implica un marco de pensamiento político cosmopolita y producción de conocimiento transcultural que desafía el hacer de las ciencias sociales. 

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